La OCA es un Organismo de Control Autorizado encargado de realizar inspecciones iniciales y periódicas a determinadas instalaciones eléctricas. No todas ellas requieren este tipo de inspecciones, solo un grupo definido en la ITC-BT 05 del REBT. ¿Se incluye a las instalaciones fotovoltaicas en este grupo? Para saberlo, en este artículo se detallará la normativa de aplicación para conocer si requiere de inspección de la OCA una instalación fotovoltaica.
Si tu instalación fotovoltaica es en alta tensión, siempre es obligatorio la inspección (tanto inicial, como periódica) por parte de la OCA, tal y como expone la ITC-AT-23 del RAT.
¿Están incluidas las instalaciones fotovoltaicas en el grupo de instalaciones que requieren inspección?
Para saberlo, acudiremos al Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión. Más concretamente, a la Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT 05 «Verificaciones e Inspecciones» y expone que será necesaria la realización de una inspección inicial por parte de la OCA de las instalaciones que mostramos en la siguiente lista.
- Locales de Pública Concurrencia.
- Instalaciones industriales que precisen proyecto, con una potencia instalada superior a 100 kW.
- Instalaciones de alumbrado exterior con una potencia instalada superior a 5 kW.
- Locales con riesgo de incendio o explosión, de clase I, excepto en garajes de menos de 25 plazas.
- Quirófanos y salas de intervención.
- Piscinas con potencia instalada superior a 10 kW.
- Locales mojados con potencia instalada superior a 25 kW.
En la lista mostrada anteriormente NO aparecen las instalaciones fotovoltaicas. ¿Esto quiere decir que no necesita certificado de OCA para su puesta en marcha? No. ¡Entremos en detalle!
Lo primero que tenemos que hacer es clasificar las instalaciones fotovoltaicas en alta tensión y en baja tensión. A continuación, se exponen los dos casos, para determinar si requiere inspección OCA una instalación fotovoltaica.
Inspección OCA en instalación Fotovoltaica de Alta Tensión
Como se ha mencionado anteriormente, si estamos tramitando la legalización de una instalación fotovoltaica en alta tensión, siempre será obligatoria la inspección inicial y periódica por parte del Organismo de Control Autorizado.
Atendiendo así, a lo dispuesto en la Instrucción Técnica Complementaria ITC-AT-23 del Reglamento de Alta Tensión.
Inspección OCA en instalación Fotovoltaica de Baja Tensión
En el caso de instalaciones fotovoltaicas en baja tensión, no se incluyen dentro del grupo de instalaciones mencionado en la lista anterior (ITC-BT 05), pero hay algo que debes conocer para no llevarte sorpresas.
Algunas Comunidades Autónomas, a la hora de registrar una instalación fotovoltaica, nos pueden solicitar el certificado de inspección de la OCA debido a que consideran este tipo de instalaciones como «Locales Mojados». Por lo que, si lo consideran así, será necesario realizar la inspección cuando se superen los 25 kW de potencia.
Conclusión
A modo de resumen y para simplificar lo anterior, se requiere de inspección OCA una instalación fotovoltaica en los siguientes casos:
- Instalación FV en Alta Tensión = Siempre.
- Instalación FV en Baja Tensión con potencia inferior a 25 kW = No es necesario.
- Instalación FV en Baja Tensión con potencia superior a 25 kW = Según Comunidad Autónoma.
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