Caída de tensión máxima admisible en Baja Tensión

El término caída de tensión máxima admisible hace referencia al valor máximo establecido en el descenso de la tensión para un circuito eléctrico o parte de él, bajo condiciones normales de operación. Este valor se establece para garantizar que todos los equipos y dispositivos eléctricos conectados al sistema reciban una tensión dentro de los límites para los cuales fueron diseñados y puedan funcionar de manera eficiente y segura.

Por tanto, es importante considerar este aspecto a la hora de diseñar instalaciones eléctricas. En este artículo, estableceremos los límites permitidos de caída de tensión máxima, abarcando instalaciones de baja tensión, de acuerdo con los reglamentos y normativas vigentes.

REBT – Caída de tensión máxima admisible en Baja Tensión

Como ya se ha señalado previamente, la limitación de la caída de tensión es un factor crucial tanto en el diseño general de una instalación eléctrica, como en sus componentes individuales. En el marco del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT), se establecen diversos límites para la caída de tensión según la naturaleza específica del circuito o de sus elementos. A continuación, detallamos los distintos tipos que podemos encontrar:

En el punto 3 de la Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT 09 “Instalaciones de alumbrado exterior” del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT) se establece que en las instalaciones de alumbrado exterior la máxima caída de tensión será menor o igual que 3% entre el origen de la instalación y cualquier otro punto de la instalación.

En el punto 1.4 de la Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT 11, titulada «Redes de distribución de energía eléctrica. Acometidas», se establece que la caída de tensión máxima admisible en las acometidas será determinada por la empresa distribuidora. Esta debe asegurar que la caída de tensión en las cajas generales de protección se mantenga dentro de los límites establecidos por el Reglamento que regula las actividades relacionadas con el transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

En el punto 3 de la Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT 14, referente a las «Instalaciones de enlace. Línea general de alimentación«, se establecen los siguientes límites para la caída de tensión máxima permitida en cables:

  • Para las líneas generales de alimentación destinadas a contadores totalmente centralizados, la caída de tensión máxima permitida es del 0,5%.
  • Para las líneas generales de alimentación destinadas a centralizaciones parciales de contadores, la caída de tensión máxima permitida es del 1%.

En el punto 3, referente a cables, de la Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT 15 sobre «Instalaciones de enlace. Derivaciones individuales», se establecen los siguientes límites para la caída de tensión máxima permitida:

  • Para contadores concentrados en más de un lugar, la caída de tensión máxima permitida es del 0,5%.
  • Para contadores totalmente concentrados, la caída de tensión máxima permitida es del 1%.
  • Para derivaciones individuales en suministros para un único usuario, en los casos en que no existe línea general de alimentación, la caída de tensión máxima permitida es del 1,5%.
caídas de tensión instalaciones de enlace

En el punto 2 de la Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT 19, que aborda las «Instalaciones Interiores o Receptoras. Prescripciones Generales», se establecen criterios para la selección de la sección de los conductores en función de la caída de tensión. Esta debe ser controlada de manera que no exceda, salvo indicación contraria en las Instrucciones particulares, del 3% de la tensión nominal en circuitos interiores de viviendas, y del 3% para alumbrado y del 5% para otros usos en otras instalaciones interiores o receptoras. La compensación de la caída de tensión entre la instalación interior y las derivaciones individuales está permitida, siempre que la caída total sea menor que la suma de los límites establecidos para ambas, según el tipo de esquema utilizado.

En el contexto de instalaciones industriales alimentadas en alta tensión mediante un transformador propio, se considera que la instalación interior de baja tensión se inicia en la salida del transformador. En este caso, las caídas de tensión máximas admitidas son del 4,5% para alumbrado y del 6,5% para otros usos.

El número de dispositivos que pueden funcionar simultáneamente debe ser determinado caso por caso, siguiendo las indicaciones del reglamento o, en su defecto, las proporcionadas por el usuario, con un enfoque en un uso racional de los dispositivos.

Para tener en cuenta las corrientes armónicas generadas por cargas no lineales y desequilibrios, la sección del conductor neutro debe ser al menos igual a la de las fases, a menos que se justifique lo contrario mediante cálculos.

En el punto 3 de la Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT 25, enfocada en «Instalaciones Interiores en Viviendas. Número de Circuitos y Características», se establece la determinación del número de circuitos de vivienda, la sección de los conductores y las caídas de tensión de la siguiente manera:

Los conductores deben ser de cobre y su sección mínima debe ser la indicada en la Tabla 1, estando además condicionada a que la caída de tensión no exceda el 3%. Esta caída de tensión se calculará considerando una intensidad de funcionamiento del circuito igual a la intensidad nominal del interruptor automático correspondiente y para una distancia equivalente a la del punto de utilización más distante del origen de la instalación interior.

Se permite la compensación de la caída de tensión entre la instalación interior y las derivaciones individuales, asegurando que la caída total sea menor que la suma de los límites establecidos para ambas, según el tipo de esquema utilizado.

En el punto 2 de la Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT 32, referente a «Instalaciones con Fines Especiales. Máquinas de Elevación y Transporte», se establecen los siguientes requisitos generales:

Las canalizaciones que se extiendan desde el dispositivo general de protección hasta el equipo eléctrico de elevación o accionamiento deben dimensionarse de manera que el arranque del motor no resulte en una caída de tensión superior al 5%.

En el apartado 2.2 de la Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT 36, que se centra en «Instalaciones a Muy Baja Tensión», se establecen las condiciones de instalación de los circuitos para las instalaciones de Muy Baja Tensión de Seguridad (MBTS) y Muy Baja Tensión de Protección (MBTP).

Se señala que, en el caso específico de las instalaciones de alumbrado, la caída de tensión entre la fuente de energía y los puntos de utilización no deberá superar el 5%. Esta medida tiene como objetivo garantizar un suministro eléctrico adecuado y seguro para los sistemas de iluminación, asegurando un funcionamiento eficiente de los mismos.

En la Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT 40 sobre «Instalaciones Generadoras de Baja Tensión», se detallan las condiciones para la conexión de generadores, tanto en instalaciones generadoras interconectadas como en los cables de conexión.

En el caso de generadores asíncronos, se establece que la caída de tensión en la conexión no debe exceder el 3% de la tensión asignada de la red.

Para generadores eólicos, la frecuencia de las conexiones debe ser como máximo de 3 por minuto, y la caída de tensión durante 1 segundo no debe superar el 2% de la tensión asignada. Se requiere el uso de dispositivos adecuados para limitar la intensidad en el momento de la conexión y las caídas de tensión, según los valores mencionados anteriormente.

Los cables de conexión deben dimensionarse para soportar una intensidad no inferior al 125% de la máxima intensidad del generador. Además, la caída de tensión entre el generador y el punto de interconexión a la Red de Distribución Pública o a la instalación interior no debe exceder el 1,5% para la intensidad nominal.

En la Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT-52 sobre «Instalaciones con Fines Especiales. Infraestructura para la Recarga de Vehículos Eléctricos», en el punto 5 que aborda los requisitos generales de la instalación, se establece que la caída de tensión máxima admisible en cualquier circuito, desde su origen hasta el punto de recarga, no debe superar el 5%. Esto garantiza un suministro eléctrico adecuado y seguro para la recarga de vehículos eléctricos, asegurando un funcionamiento eficiente de la infraestructura destinada a esta función específica.

I-DE – Caída de tensión máxima admisible en Baja Tensión

En la especificación particular MT 2.80.12 para instalaciones de enlace, se establece el cálculo de la sección del conductor basado en la caída de tensión. En la línea general de alimentación (LGA), se permite una caída de tensión máxima del 0,5% cuando hay una única centralización de contadores. Para contadores centralizados por plantas, se admite una caída de tensión del 1%. En las derivaciones individuales, la caída de tensión máxima permitida es del 1% para contadores totalmente centralizados o del 0,5% para contadores centralizados por plantas. En el caso de un único abonado o hasta dos abonados alimentados desde el mismo lugar, como viviendas unifamiliares o chalets pareados, donde no hay una línea general de alimentación, la caída de tensión admisible en la derivación individual es del 1,5%.

En la especificación MT 2.51.43 sobre «Red Subterránea de Baja Tensión. Acometidas», la elección de la sección del cable se basa en la capacidad máxima del cable y en la caída de tensión admisible, la cual no debe exceder el 5%. En proyectos que implican una derivación conectada a una línea ya existente, la caída de tensión en la derivación se ajustará de manera que, sumada a la caída de tensión de la línea existente hasta el punto de derivación, no supere el 5% para las potencias transportadas tanto en la línea como en la derivación, tanto las actuales como las proyectadas.

E-DISTRIBUCIÓN – Caída de tensión máxima admisible en Baja Tensión

En las Especificaciones Particulares NRZ002 para Instalaciones de Distribución en Baja Tensión de hasta 1.000 V, se definen los criterios generales de diseño de las redes de Baja Tensión (BT). Para las conexiones a la red de distribución de BT existente, considerando la carga prevista, se establece que la tensión entregada a la caja general de protección del consumidor final debe estar entre el 93% y el 107% de la tensión nominal de la red.

En el caso de líneas nuevas con origen en el centro de transformación (CT), se fija como criterio de cálculo que la caída de tensión desde el CT hasta cualquier caja general de protección no supere el 5%.

Referencias

Rubén Cánovas Martínez

Graduado en Ingeniería Eléctrica por la Universitat Politècnica de València. Mi experiencia profesional se centra en el diseño y gestión de proyectos de instalaciones industriales, destacando por mi capacidad para llevar a cabo una amplia variedad de proyectos en el ámbito eléctrico. Además, durante mi tiempo libre, tengo el privilegio de compartir conocimientos valiosos sobre electricidad a través de mi plataforma web, donde publico contenido relevante y actualizado.

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