Qué Instalaciones Requieren Proyecto Eléctrico

Para la legalización de una instalación eléctrica y su puesta en servicio es importante conocer qué documentación técnica y cuáles son los trámites que se deben realizar ante el Órgano competente de la Administración.

En el artículo de hoy, desarrollaré la Instrucción Técnica Complementaria 04 del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (ITC-BT 04) por el cuál, se regula la documentación e inspección de instalaciones. En función de la importancia de la instalación, se deberá adoptar una de las dos siguientes bases de documentación técnica:

  • Proyecto Eléctrico.
  • Memoria Técnica de Diseño (MTD).

¿Mi instalación requiere elaboración de Proyecto Eléctrico o Memoria Técnica de Diseño? En este artículo vamos a definir cuál de las dos opciones necesitas.

¿Qué es un Proyecto Eléctrico?

En caso de que la instalación eléctrica requiera de proyecto, éste deberá ser redactado y firmado por un técnico titulado competente. El proyecto de la instalación se desarrollará en forma de uno o varios proyectos específicos o como parte del proyecto general de edificio.

En la memoria del proyecto se deberá detallar especialmente:

  • Datos relativos del propietario.
  • Uso al que se destina, características básicas y emplazamiento.
  • Secciones y características de los conductores proyectados.
  • Diámetros y características de los tubos para las canalizaciones.
  • Receptores previstos en la instalación, potencia, sistemas y dispositivos de seguridad adoptados y detalles necesarios para la descripción de la instalación proyectada. Cumpliendo con las prescripciones del Reglamento y sus ITC.
  • Esquema unifilar, descripción los dispositivos de protección y corte seleccionados, secciones de los conductores y puntos de utilización.
  • Croquis del trazado de la instalación.
  • Cálculos justificativos del diseño.

Los planos adjuntos al proyecto, deberán tener el suficiente nivel de detalle para dar una idea clara de las disposiciones que pretenden adoptarse y para que la Empresa instaladora disponga de los datos necesarios para la correcta ejecución de la instalación.

¿Qué es una Memoria Técnica de Diseño (MTD)?

La memoria técnica de diseño (MTD) se rellena sobre un modelo impreso proporcionado por el Órgano competente de la Comunidad Autónoma. En este impreso se proporcionarán los datos y características principales de la instalación eléctrica.

En la memoria técnica de diseño se deberá detallar especialmente:

  • Datos relativos del propietario.
  • Justificación de la competencia e identificación de la persona que firma la memoria.
  • Uso y emplazamiento de la instalación.
  • Receptores que se prevé instalar y su potencia.
  • Cálculos justificativos con las características de la línea general de alimentación (LGA), derivaciones individuales (DI) y líneas secundarias. Además de detallar los elementos de protección seleccionados y puntos de utilización.
  • Pequeña memoria descriptiva.
  • Esquema unifilar, descripción los dispositivos de protección y corte seleccionados, secciones de los conductores y puntos de utilización.
  • Croquis de su trazado.

¿Qué instalaciones requieren Proyecto Eléctrico?

Las instalaciones eléctricas que precisan de proyecto son las siguientes:

Industrias.
Será necesario la elaboración de proyecto en instalaciones eléctricas en Industrias que superen una potencia prevista de la
instalación mayor a 20 kW.

Instalaciones temporales.
Será necesario la elaboración de proyecto en instalaciones temporales: en locales, en emplazamientos abiertos y para alimentación eléctrica de maquinaria de obra. Cuando se supere una potencia prevista de la instalación mayor a 50 kW.

Edificios de viviendas, locales comerciales y oficinas (de no pública concurrencia).
Será necesario la elaboración de proyecto en instalaciones eléctricas de edificios de viviendas, locales comerciales y oficinas (de no pública concurrencia), que superen una potencia prevista de la instalación mayor a 100 kW por caja general de protección (CGP).

Viviendas unifamiliares.
Será necesario la elaboración de proyecto en instalaciones eléctricas de viviendas unifamiliares que superen una potencia prevista de la instalación mayor a 50 kW.

Garajes.
Será necesario la elaboración de proyecto en instalaciones eléctricas en todos los garajes que requieren ventilación forzada. En garajes que dispongan de ventilación natural, será necesario la elaboración de proyecto cuando supere las 5 plazas de estacionamiento.

Locales de Pública Concurrencia.
En todos los locales de pública concurrencia será necesario la elaboración de proyecto, por lo que no hay límite de potencia.

Instalaciones de alumbrado exterior.
Será necesario la elaboración de proyecto en instalación de alumbrado exterior que superen una potencia prevista de la instalación mayor a 5 kW.

Locales con riesgo de incendio o explosión, excepto garajes.
Será necesario la elaboración de proyecto en instalaciones eléctricas en todos los locales con riesgo de incendio o explosión, excluyendo los garajes.

Locales húmedos, mojados, polvorientos o con riesgo de corrosión.
Será necesario la elaboración de proyecto en instalaciones eléctricas en locales húmedos, mojados, polvorientos o con riesgo de corrosión que superen una potencia prevista de la instalación mayor a 10 kW.

¿Qué instalaciones requieren inspección OCA? Estas son las instalaciones eléctricas que requieren inspección OCA.

Más instalaciones que requieren de elaboración de Proyecto Eléctrico

Puntos de recarga vehículo eléctrico.
Será necesario la elaboración de proyecto en instalación eléctricas en infraestructuras de puntos de recarga de vehículo eléctrico cuando se supere una potencia prevista de la instalación mayor a 50 kW. Además, las instalaciones de recarga situadas en el exterior requerirán de proyecto cuando se supere una potencia prevista de la instalación mayor a 10 kW. Todas las instalaciones que incluyan estaciones de recarga de vehículos eléctricos con modo de carga 4 requerirán de proyecto eléctrico.

Quirófanos y salas de intervención.
Será necesario la elaboración de proyecto en instalaciones eléctricas en todos los quirófanos y salas de intervención.

Piscinas y fuentes.
Será necesario la elaboración de proyecto en instalaciones eléctrica en fuentes y piscinas cuando superen una potencia prevista de la instalación mayor a 5 kW.

Generadores y convertidores.
Será necesario la elaboración de proyecto en instalaciones eléctricas en generadores y convertidores que superen una potencia prevista de la instalación mayor a 10 kW.

Conductores aislados para caldeo.
En instalación eléctricas de conductores aislados para caldeo, será necesario la elaboración de proyecto eléctrico cuando se supere una potencia prevista de la instalación mayor a 10 kW.-Aquí se excluirán las viviendas.

Bombas de extracción o elevación de agua.
Será necesario la elaboración de proyecto en instalaciones eléctricas en bombas de extracción o elevación de agua, sean industriales o no, que superen una potencia prevista de la instalación mayor a 10 kW.

7 instalaciones más que requieren proyecto.

  • Líneas de baja tensión con apoyos comunes con las de alta tensión.
  • Máquinas de elevación y transporte.
  • Las que utilicen tensiones especiales.
  • Las destinadas a rótulos luminosos salvo que se consideren instalaciones de baja tensión según ITC-BT 44.
  • Cercas eléctricas.
  • Redes aéreas o subterráneas de distribución.
  • Todas aquellas, que no estando comprendidas en los grupos anteriores, determine el Ministerio de Ciencia y
  • Tecnología, mediante Disposición.

No será necesaria la elaboración de proyecto para las instalaciones de recarga que se ejecuten en garajes de ventilación
forzada y natural existentes en edificios de viviendas. Esto será, siempre que las nuevas instalaciones no estén incluidas en la sección detallada anteriormente “Puntos de recarga vehículo eléctrico”.

Tabla resumen instalaciones que requieren proyecto

A continuación, se adjunta una tabla resumen con las instalaciones eléctricas comentadas anteriormente y potencia con la que precisan de proyecto.

qué instalaciones requieren proyecto eléctrico

Ampliaciones y Modificaciones que precisan Proyecto Eléctrico

Requerirán proyecto eléctrico las siguientes ampliaciones y modificaciones:

  • Ampliaciones que se realicen en los tipos (b,c,g,i,j,l,m) de la tabla resumen y modificaciones de importancia de las instalaciones señaladas anteriormente.
  • Las ampliaciones de las instalaciones señaladas en la tabla anterior que no alcanzase los límites de potencia establecidos y tras la ampliación se superan.
  • Si se realiza una ampliación superior al 50% de la potencia prevista en una instalación que requiere proyecto.

Si la instalación se encuentra comprendida dentro de varios grupos de la tabla anterior, se aplicará el criterio más exigente.

Instalaciones que precisan Memoria Técnica de Diseño

Las instalaciones que requieren de Memoria Técnica de Diseño (MTD) son las siguientes: todas las instalaciones (nuevas, ampliaciones o modificaciones) a las que no se le aplique lo establecido en la tabla resumen anterior.

Referencias

Rubén Cánovas Martínez

Graduado en Ingeniería Eléctrica por la Universitat Politècnica de València. Mi experiencia profesional se centra en el diseño y gestión de proyectos de instalaciones industriales, destacando por mi capacidad para llevar a cabo una amplia variedad de proyectos en el ámbito eléctrico. Además, durante mi tiempo libre, tengo el privilegio de compartir conocimientos valiosos sobre electricidad a través de mi plataforma web, donde publico contenido relevante y actualizado.

Esta entrada tiene 8 comentarios

  1. León García

    Hola interesante explicacion, pero si no te importa te expongo una pregunta, un local 30 mt2, requiere potencia 19kw segun los calculos, es comida rapida para llevar. Nesecita proyecto?

    1. Rubén Cánovas Martínez

      Buenas noches León,
      en este tipo de locales hay controversia. Necesitará sí o sí proyecto eléctrico si se considera al local de comida rápida para llevar como local de pública concurrencia (LPC en adelante). Por ejemplo: todos los hostales, bares, cafeterías, restaurantes o similares lo necesitan. Para que no sea considerado como LPC, debe considerarse a tu local como un «establecimiento comercial», asimilarlo a una tienda de comida, que no se considera local de pública concurrencia, a no ser que se superen las 50 personas de ocupación prevista.

  2. Anónimo

    Buenas tardes, yo te expongo otra cuestión que a mi parecer, según el rbt no precisa proyecto, y, sin embargo, lo han hecho. Se trata de cuatro viviendas unifamiliares adosadas en un recinto cerrado con servicios comunes. La potencia total prevista en la CGP que alimenta toda la instalación no supera los 50kw, y no tienen ningún tipo de instalación especial. Sí que existe alumbrado exterior, pero no supera los 200w. Igualmente, hay una toma de corriente en los garajes de cada vivienda protegida en cabecera con un térmico de 16A en previsión de que en un futuro se pueda recargar algún vehículo eléctrico

    1. Rubén Cánovas Martínez

      Buenas,
      Según lo que has comentado tenemos lo siguiente:
      – 1 CGP que alimenta la Centralización de Contadores con Contadores a las 4 viviendas y a servicios generales. Si es inferior de 100 kW no es necesario la realización de proyecto para este tipo de instalaciones. ¿Correcto? Si cada vivienda se alimenta desde una CGP con contador (CPM) distinta sería los 50 kW que indicas.
      – Alumbrado exterior con una potencia mínima. No es necesario realizar proyecto.
      – Puntos de recarga para vehículo eléctrico dentro de la vivienda 16 A. No es necesario proyecto.
      ¿Cuenta con algún local especial que no hayas indicado?

  3. Fran Rufino

    Si los garajes requieren ventilación forzada si necesitan proyecto.

    1. Rubén Cánovas Martínez

      Así es. «Será necesario la elaboración de proyecto en instalaciones eléctricas en todos los garajes que requieren ventilación forzada.»

  4. PEDRO FORNARI GARI

    Buenas tardes, tengo una cafetería y quiero cambiar el contador monofásico por un contador trifásico, necesito proyecto? necesito pasar una OCA?
    Gracias

    1. Rubén Cánovas Martínez

      En la ITC-BT 04 del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, punto 3.2 expone:
      «Asimismo, requerirán elaboración de proyecto las ampliaciones y modificaciones de las instalaciones siguientes:
      a) Las ampliaciones de las instalaciones de los tipos (b,c,g,i,j,l,m) y modificaciones de importancia de las instalaciones señaladas en 3.1;
      b) Las ampliaciones de las instalaciones que, siendo de los tipos señalados en 3.1. no alcanzasen los límites de potencia prevista establecidos para las mismas, pero que los superan al producirse la ampliación.
      c) Las ampliaciones de instalaciones que requirieron proyecto originalmente si en una o en varias ampliaciones se supera el 50 % de la potencia prevista en el proyecto
      anterior. »

      Enlace a la ITC-BT 04: BT-04. Documentación y puesta en servicio de las instalaciones.

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