Existen una serie de instalaciones eléctricas que requieren previamente a su puesta en funcionamiento la realización de una inspección inicial por parte de un Organismo de Control Autorizado (OCA). Además, también será necesario una inspección periódica cada 5 o 10 años según el tipo de instalación. No todas las instalaciones lo requieren, ¿qué instalaciones eléctricas requieren inspección OCA?
Este artículo ha sido desarrollado según lo dispuesto en la Instrucción Técnica Complementaria 05 del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (ITC-BT 05) “Verificaciones e inspecciones”.
Las instalaciones eléctricas de baja tensión que se expondrán a continuación serán objeto de inspección por la OCA, a fin de asegurar, que se cumpla con lo estipulado en el REBT a lo largo de la vida útil de la instalación.
Inspección inicial instalación eléctrica OCA
Como hemos comentado anteriormente, para una serie de instalaciones eléctricas será necesario una inspección inicial por parte de un Organismo de Control Autorizado previamente a su puesta en funcionamiento. Esta inspección inicial se produce antes de la puesta en servicio de la instalación eléctrica.
En la siguiente tabla se muestran los tipos de instalaciones que requieren de inspección inicial por parte de OCA, tanto si se trata de una nueva instalación, como si es una ampliación o modificación de importancia de una existente.
GRUPO | TIPO DE INSTALACIÓN | INSPECCIÓN |
a | Instalaciones industriales que precisen proyecto | P>100 kW |
b | Locales de pública concurrencia | Todos |
c | Locales con riesgo de incendio o explosión, de clase I | Todos |
c | Aparcamientos o estacionamientos | >25 plazas |
d | Locales mojados | P>25 kW |
e | Piscina | P>10 kW |
f | Quirófanos y salas de intervención | Todos |
g | Instalaciones de alumbrado exterior | P>5 kW |
h | Instalaciones de estaciones de recarga para vehículo eléctrico que requieran proyecto | Todos |
Estas instalaciones eléctricas requieren inspección OCA
1. Instalaciones industriales que precisen proyecto.
Será necesario en instalaciones eléctricas industriales que precisen proyecto y que superen una potencia prevista de la instalación superior a 100 kW.
2. Locales de pública concurrencia.
Será necesario la inspección por parte de OCA en todas las instalaciones eléctricas de locales de pública concurrencia.
3. Locales con riesgo de explosión o incendio, de clase I.
Será necesario en todas las instalaciones eléctricas de locales con riesgo de explosión o incendio, de clase I.
4. Aparcamientos o estacionamientos.
Será necesario en las instalaciones eléctricas de aparcamientos o estacionamientos cuando superen las 25 plazas.
5. Locales mojados.
Será necesario en las instalaciones eléctricas de locales mojados que superen una potencia prevista de la instalación superior a 25 kW.
6. Piscinas.
Será necesario en las instalaciones eléctricas de piscinas que superen una potencia prevista de la instalación superior a 10 kW.
7. Salas de intervención y Quirófanos.
Será necesario en todas las instalaciones eléctricas de salas de intervención y quirófanos.
8. Instalaciones de alumbrado exterior.
Será necesario en las instalaciones eléctricas de alumbrado exterior que superen una potencia prevista de la instalación superior a 5 kW.
9. Instalaciones de estaciones de recarga para vehículo eléctrico, que requieran proyecto.
Será necesario en todas las instalaciones eléctricas de estaciones de recarga de vehículo eléctrico, que requieran la elaboración de proyecto.
¿Qué instalaciones requieren proyecto eléctrico? Estas son las instalaciones eléctricas que requieren proyecto eléctrico.
Inspección periódica instalación eléctrica
Ahora que ya conoces qué instalaciones requieren inspección antes de su puesta en funcionamiento, también debes saber que existen inspecciones periódicas. Será necesario realizar este tipo de inspecciones en los siguientes casos:
- Cada 5 años en todas las instalaciones que requieren de una inspección inicial (se puede ver cuáles son en la tabla anterior).
- Cada 10 años en edificios de vivienda con potencia superior a 100 kW.
¿Cuál es el procedimiento de la inspección?
Si la instalación eléctrica requiere inspección, se deberá seguir el siguiente procedimiento. El Organismo de Control Autorizado OCA realiza la inspección de la instalación eléctrica según lo prescrito en el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, emitiendo un Certificado de Inspección.
La empresa instaladora podrá estar presente mientras se procede a efectuar la inspección. En el Certificado de Inspección constará los datos de identificación de la instalación y los posibles defectos encontrados en ella. El resultado de la inspección será favorable, condicionada o negativa.
Inspección instalación eléctrica favorable
El resultado del Certificado de Inspección será favorable cuando no existan defectos o si existen, son leves. Los defectos leves serán anotados para dejar constancia de estos y para que sean subsanados antes de la siguiente inspección.
Inspección instalación eléctrica condicionada
El resultado del Certificado de Inspección será condicionada cuando existan al menos un defecto grave o leve si es de una inspección anterior y no se ha subsanado. En este caso:
- Si la instalación es nueva, hasta que no se haya corregido los defectos y se obtenga un certificado favorable, no se podrá poner en servicio la instalación.
- Si la instalación está ya en servicio, los defectos deberán ser subsanados en un plazo de como máximo 6 meses. En caso contrario, el Organismo de Control Autorizado (OCA) remitirá el certificado con resultado negativo al Órgano de Control de la Comunidad Autónoma.
Inspección instalación eléctrica negativa
El resultado del Certificado de Inspección será negativa cuando exista al menos un defecto muy grave. En este caso:
- Si la instalación es nueva, hasta que no se hayan corregido los defectos y se obtenga un certificado favorable, no se podrá poner en servicio la instalación.
- Si la instalación está ya en servicio, el Organismo de Control Autorizado (OCA) remitirá el certificado con resultado negativo al Órgano de Control de la Comunidad Autónoma.
Clasificación de defectos en la instalación.
Los defectos que se pueden encontrar en una instalación eléctrica se clasifican en tres niveles de gravedad:
- Muy grave: constituye un peligro inmediato para los bienes y personas.
- Grave: no supone un peligro inmediato como el defecto muy grave, pero puede llegar a serlo si se produce un fallo en la instalación. También se incluye en esta clasificación el defecto que pueda reducir la capacidad de uso de la instalación eléctrica.
- Leve: no supone ningún peligro para las personas y bienes, ni tampoco perturba el funcionamiento de la instalación.
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